TRANSFORMACIONES
OPCIONALES EN LOS VEHICULOS
Las modificaciones que se pueden
hacer en un vehículo, en gran parte es por estética y otras por la necesidad
y/o confort, tales como:
-Bola de
remolque
-Bacas
portaequipajes, o elementos deportivos; bicis, tablas de surf, deportes de
invierno etc.
-Soportes
traseros porta bicis
-Tintado de
lunas
-Suspensiones
y amortiguadores
-Antenas de
radio
-Altavoces y
carteles exteriores
-Ejes
-asientos
para discapacitados
Pintado o
vinilado de carrocerías
-Cambio
drástico de pasos de rueda y tamaño de llantas
-Alerones
-Iluminación
-Parachoques
y defensas traseras
-Cambios en
los mecanismos de apertura de puertas
-Aletas
-modificaciones
coches de autoescuela
Estas modificaciones
serán hechas por profesionales y muchas serán homologadas, a continuación veremos
2 tipos de modificaciones comunes y los pasos a seguir.
RUEDAS Y SEPARADORES
¿Qué dice la Ley acerca del
cambio de neumáticos por otros de diferente medida?
La normativa relativa a los neumáticos ESTÁ
RECOGIDA en el Manual de Reformas, en el AR 4.5:
4.5. Sustitución de neumáticos por otros no equivalentes.
4.5. Sustitución de neumáticos por otros no equivalentes.
Los CRITERIOS
LEGALES DE EQUIVALENCIA de neumáticos son los siguientes:
- Igual diámetro exterior con una tolerancia de +-3%.
- Código de categoría de velocidad igual o superior al especificado en la ficha técnica.
- Igual diámetro exterior con una tolerancia de +-3%.
- Código de categoría de velocidad igual o superior al especificado en la ficha técnica.
- Índice de
capacidad de carga igual o superior al especificado en la ficha técnica.
A diferencia del índice de velocidad, el índice de carga no suele venir
especificado en la ficha técnica de nuestros coches; en ese caso, será el PMA
(Peso Máximo Admitido en cada eje del vehículo) el que nos indicará cuál ha de
ser el índice de carga mínimo que deberá figurar obligatoriamente en nuestras
cubiertas.
Os pongo como ejemplo la ficha técnica de un Toyota Célica T23:
Os pongo como ejemplo la ficha técnica de un Toyota Célica T23:
Según
la ficha técnica, el PMA de un T23 es de 960Kg en el eje delantero y de 945Kg
en el eje trasero. El PMA mayor dividido por 2, nos indica el peso a soportar
por cada neumático, que en este caso sería de 480Kg.
Para saber qué Índice de Carga corresponde a dicho peso, deberemos consultar la
siguiente tabla:
Según la tabla, en un Célica T23 deberemos montar una cubierta con un
Índice de Carga de 83 COMO MÍNIMO.
Qué
documentación se necesita para poder homologar en ficha técnica unas ruedas de
diferente medida?
Si nuestros neumáticos cumplen con los Criterios de Equivalencia indicados en el recuadro de Información Adicional del AR 4.5 son TOTALMENTE LEGALES, y por lo tanto NO ES OBLIGATORIA su incorporación en ficha técnica.
No obstante, si pese a no ser obligatorio, deseamos meter los neumáticos equivalentes en la ficha, podemos hacerlo sin necesidad de presentar ningún tipo de documentación en la ITV.
Si por el contrario, si nuestros neumáticos no son equivalentes, o bien sus códigos de carga y/o velocidad son inferiores a los indicados en ficha, es ABSOLUTAMENTE OBLIGATORIO homologarlos en ficha técnica, y se deberá presentar la siguiente documentación:
- Certificado de Taller:
Si nuestros neumáticos cumplen con los Criterios de Equivalencia indicados en el recuadro de Información Adicional del AR 4.5 son TOTALMENTE LEGALES, y por lo tanto NO ES OBLIGATORIA su incorporación en ficha técnica.
No obstante, si pese a no ser obligatorio, deseamos meter los neumáticos equivalentes en la ficha, podemos hacerlo sin necesidad de presentar ningún tipo de documentación en la ITV.
Si por el contrario, si nuestros neumáticos no son equivalentes, o bien sus códigos de carga y/o velocidad son inferiores a los indicados en ficha, es ABSOLUTAMENTE OBLIGATORIO homologarlos en ficha técnica, y se deberá presentar la siguiente documentación:
- Certificado de Taller:
-
Proyecto Técnico, con su correspondiente Certificado de Final de Obra.
Podemos homologar unas cubiertas con hasta un +-5% de variación respecto al diámetro de serie.
Hasta un cierto margen, también es posible homologar neumáticos con códigos de carga y/o velocidad inferiores a los indicados en la ficha técnica.
¿Podemos tener problemas en la ITV por llevar unas ruedas de diferente medida?
Si las ruedas son equivalentes, no tendremos el más mínimo problema aunque no figuren en ficha, pero si no son equivalentes y no están debidamente homologadas, nos tirarán para atrás en la revisión con total seguridad.
¿Nos pueden multar por llevar unas ruedas de diferente medida?
La Guardia Civil (Mossos, Foral, Ertzaina) PUEDE MULTARNOS por llevar unas ruedas de diferente medida a las indicadas en la ficha técnica, AUNQUE SEAN EQUIVALENTES.
Podemos homologar unas cubiertas con hasta un +-5% de variación respecto al diámetro de serie.
Hasta un cierto margen, también es posible homologar neumáticos con códigos de carga y/o velocidad inferiores a los indicados en la ficha técnica.
¿Podemos tener problemas en la ITV por llevar unas ruedas de diferente medida?
Si las ruedas son equivalentes, no tendremos el más mínimo problema aunque no figuren en ficha, pero si no son equivalentes y no están debidamente homologadas, nos tirarán para atrás en la revisión con total seguridad.
¿Nos pueden multar por llevar unas ruedas de diferente medida?
La Guardia Civil (Mossos, Foral, Ertzaina) PUEDE MULTARNOS por llevar unas ruedas de diferente medida a las indicadas en la ficha técnica, AUNQUE SEAN EQUIVALENTES.
¿Qué
dice la Ley acerca de los separadores?
La normativa relativa a los separadores ESTÁ RECOGIDA en el Manual de Reformas, en el AR 4.4:
La normativa relativa a los separadores ESTÁ RECOGIDA en el Manual de Reformas, en el AR 4.4:
4.4.
Modificaciones o sustituciones en ruedas o instalación de separadores de ruedas
que impliquen modificación del ancho de vía.
¿Qué
documentación se necesita para poder homologar en ficha técnica unos
separadores?
- Certificado de Taller:
- Proyecto
de Reforma, con su correspondiente Certificado de Final de Obra.
Según el recuadro de Información Adicional del AR 5.4, hasta un aumento de
ancho de vías de 60mm (separadores de 3cms), nos valdría con un Certificado de
Homologación (Informe de Conformidad) de los separadores, y solo estaríamos
obligados a realizar un Proyecto Técnico para un aumento mayor de 60mm.
En la práctica, SIEMPRE deberemos realizar el Proyecto Técnico, pues nos será muy difícil (por no decir imposible) encontrar unos separadores con homologación española, sean de la medida que sean.
Para poder homologarnos los separadores, el ingeniero responsable del Proyecto Técnico nos va a imponer una serie de condiciones:
- Los separadores deberán ser DE DOBLE FIJACIÓN Y/O DE DOBLE CENTRAJE.
- Los separadores deberán ser "de marca", NO VALEN LOS SEPARADORES ARTESANALES; por tanto, es posible que nos soliciten algún tipo de documentación que certifique que nuestros separadores son de una marca reconocida, como una factura, o algún certificado de calidad ISO o TÜV. Si a la par que instalamos los separadores (o en sustitución de los mismos), incorporamos unas llantas de ET reducido, deberemos INCORPORAR LAS LLANTAS al Proyecto de Reforma, puesto que al disminuir el ET sacamos la rueda hacia el exterior, aumentando el ancho de vías. De este modo, si instalamos separadores más llantas, el aumento de ancho de vías que deberá figurar en la ficha técnica será LA SUMA del ancho de los separadores, más el desplazamiento provocado por la disminución del ET de las llantas.
Otro punto muy importante a tener en cuenta es que la ley indica que las ruedas NO PUEDEN SOBRESALIR de los pasos de rueda.
Si las ruedas sobresalen (aunque solo sea unos por pocos milímetros), se deberán modificar los aletines y realizar la correspondiente homologación del aumento de anchura de la carrocería. ¿Podemos tener problemas en la ITV por llevar instalados unos separadores?
Si llevamos instalados unos separadores y estos no están debidamente homologados en ficha técnica, nos tirarán para atrás en la revisión con un 99% de probabilidades, y lo mismo puede suceder si llevamos unas llantas con mucha garganta y ET muy reducido, sacando las ruedas a ras de aleta. ¿Nos pueden multar por llevar instalados unos separadores? La Guardia Civil (Mossos, Foral, Ertzaina) PUEDE MULTARNOS por llevar separadores, si estos no figuran en la ficha técnica.
En la práctica, SIEMPRE deberemos realizar el Proyecto Técnico, pues nos será muy difícil (por no decir imposible) encontrar unos separadores con homologación española, sean de la medida que sean.
Para poder homologarnos los separadores, el ingeniero responsable del Proyecto Técnico nos va a imponer una serie de condiciones:
- Los separadores deberán ser DE DOBLE FIJACIÓN Y/O DE DOBLE CENTRAJE.
- Los separadores deberán ser "de marca", NO VALEN LOS SEPARADORES ARTESANALES; por tanto, es posible que nos soliciten algún tipo de documentación que certifique que nuestros separadores son de una marca reconocida, como una factura, o algún certificado de calidad ISO o TÜV. Si a la par que instalamos los separadores (o en sustitución de los mismos), incorporamos unas llantas de ET reducido, deberemos INCORPORAR LAS LLANTAS al Proyecto de Reforma, puesto que al disminuir el ET sacamos la rueda hacia el exterior, aumentando el ancho de vías. De este modo, si instalamos separadores más llantas, el aumento de ancho de vías que deberá figurar en la ficha técnica será LA SUMA del ancho de los separadores, más el desplazamiento provocado por la disminución del ET de las llantas.
Otro punto muy importante a tener en cuenta es que la ley indica que las ruedas NO PUEDEN SOBRESALIR de los pasos de rueda.
Si las ruedas sobresalen (aunque solo sea unos por pocos milímetros), se deberán modificar los aletines y realizar la correspondiente homologación del aumento de anchura de la carrocería. ¿Podemos tener problemas en la ITV por llevar instalados unos separadores?
Si llevamos instalados unos separadores y estos no están debidamente homologados en ficha técnica, nos tirarán para atrás en la revisión con un 99% de probabilidades, y lo mismo puede suceder si llevamos unas llantas con mucha garganta y ET muy reducido, sacando las ruedas a ras de aleta. ¿Nos pueden multar por llevar instalados unos separadores? La Guardia Civil (Mossos, Foral, Ertzaina) PUEDE MULTARNOS por llevar separadores, si estos no figuran en la ficha técnica.
OS DEJO UN VIDEO DE COCHES TUNING